Para los miembros.

Reglamento Interior de la Sociedad Civil “ASESORÍAS Y TUTORÍAS PARA LA INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA EN LA EDUCACIÓN. PUIG-SALABARRÍA S.C.”.

1. De los miembros de la sociedad.

1.1 La entrada de miembros a la sociedad:

1.1.1 Se inicia con la presentación de carta de solicitud dirigida por la persona o institución solicitante a la Secretaria General de la Sociedad, Dra. Maura de la Caridad Salabarría Roig. La entrada del solicitante a la sociedad se hace solamente efectiva con la total aprobación de los Socios Accionistas y la posterior presentación del recibo de pago por la cantidad de $275.00 (moneda nacional) abonados a la cuenta del banco de la sociedad o en su efecto, hará el pago efectivo a la Secretaria General de la sociedad, la cual emitirá el recibo de pago correspondiente.

1.2 Los deberes de los miembros de la sociedad:

1.2.1 Abonar una cuota mensual de $175.00 (moneda nacional) a partir de su aprobación por la Junta de Socios Accionistas, la cual se hará efectiva con el pago correspondiente en la cuenta del banco de la sociedad o en su efecto, con el pago efectivo a la Secretaria General de la sociedad, la cual emitirá el recibo de pago correspondiente. 

1.2.2 En caso que algún miembro de la sociedad necesite la presentación de documentación oficial de la sociedad ante cualquier institución municipal, estatal o federal para trámites correspondientes, éste abonará la cantidad de $275.00 (moneda nacional) a la cuenta del banco de la sociedad o en su efecto, hará el pago efectivo a la Secretaria General de la sociedad, la cual emitirá el recibo de pago correspondiente.

1.3 El incumplimiento de los deberes de los miembros de la sociedad:

1.3.1 El miembro de la sociedad se considerará moroso en el pago de la cuota mensual al tener dos meses sin abonar la cuota correspondiente, por lo cual de inmediato y sin comunicación al miembro causará baja de la sociedad.

1.3.2 Aquellos miembros que hayan causado baja por ser morosos en el pago de la cuota mensual y deseen continuar como miembros de la sociedad, tendrán la posibilidad de ser alta nuevamente como miembro de la sociedad siempre que el espacio de tiempo de baja sea de hasta seis meses o menos y con previa presentación de carta de solicitud a la Secretaria General de la sociedad, y el pago de las mensualidades correspondientes atrasadas abonadas a la cuenta del banco de la sociedad o en su efecto, con el pago efectivo a la Secretaria General de la sociedad, la cual emitirá el recibo de pago correspondiente.

1.3.3 Aquellos miembros que hayan causado baja por ser morosos de pago de la cuota mensual  por espacio de tiempo mayor a seis meses y deseen continuar como miembros de la sociedad, podrán presentar carta de solicitud dirigida a la Secretaria General de la sociedad.  En estos casos, el alta nuevamente como miembro de la sociedad se hace solamente efectivo con la total aprobación de los Socios Accionistas y la posterior presentación del recibo de pago por la cantidad de $2500.00 (moneda nacional) abonados a la cuenta del banco de la sociedad o en su efecto, con el pago efectivo a la Secretaria General de la sociedad, la cual emitirá el recibo de pago correspondiente.

1.4 Los beneficios a los miembros de la sociedad.

1.4.1 Recibir información detallada de todas las actividades académicas y científico-investigativas que se organicen por la sociedad.

1.4.2 Participar en los eventos científicos de la sociedad como ponentes, etc., y recibir descuentos por la inscripción en los mismos.

1.4.3 Participar en actividades académicas (cursos, talleres, etc.) de la sociedad y recibir descuentos por la inscripción en los mismos.

1.4.4 Ser invitado a participar en actividades de investigación científica (debates de proyectos de investigación para tesis de licenciatura, maestría y doctorado, presentación de resultados de investigaciones científicas y otros) organizados por la sociedad.

1.4.5 Ser invitado a cumplir funciones relacionadas a los puntos del 1.1 al 1.5 que se establecen en el objeto social de la sociedad.

1.4.6 Solicitar por escrito a la Secretaria General de la sociedad la acción en su favor de cumplir funciones relacionadas a los puntos del 1.1 al 1.5 que se establecen en el objeto social de la sociedad, la cual necesitará la aprobación final de los Socios Accionistas.

1.4.7 Publicar artículos científicos previo análisis y aprobación del Consejo Científico de la sociedad.